La AGN (Auditoria General de la Nación) determinó las Irregularidades en el préstamo del FMI a Macri

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El colegio de auditores de la Auditoría General de la Nación (AGN) aprobó por mayoría el estudio realizado sobre el préstamo que el Fondo Monetario Internacional (FMI) le otorgó al gobierno de Mauricio Macri, que detectó numerosas irregularidades y advirtió que por la magnitud y características del acuerdo “impactó de manera adversa en la estructura de la deuda y sus riesgos”.

La Auditoría General de la Nación (AGN) de Argentina es un organismo del Estado central de este país que asiste técnicamente al Congreso de la Nación Argentina en el control externo del sector público nacional. Fue creada en 1992 por la ley n.º 24 156, sustituyendo en dicho rol a la Sindicatura General de Empresas Públicas (SiGEP) creada en 1978 ARTÍCULO 1.- Definición. La Auditoría General de la Nación es un organismo instituido en la órbita del Congreso de la Nación, cuya función es asistirlo técnicamente en el control externo del sector público nacional mediante la realización de auditorías y estudios especiales tendientes a promover el uso eficiente, económico y eficaz de los recursos públicos y contribuir a la rendición de cuentas. Posee personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera. En caso de duda sobre sus facultades, deberá priorizarse en todos los casos la interpretación que más favorezca la autonomía funcional del organismo. Toda disposición adoptada por el Congreso de la Nación sobre el desempeño y situación general de la administración pública, deberá fundarse en los dictámenes técnicos de la Auditoría General de la Nación. ARTÍCULO 10.- Autoridades. La Auditoría General de la Nación se compondrá de SIETE (7) miembros, designados cada uno como Auditor General, de acuerdo a la siguiente composición: a) UN (1) Presidente designado por resolución conjunta de ambas Cámaras a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso. b) TRES (3) Auditores Generales designados por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, UNO (1) propuesto por el partido político con mayor número de diputados, UNO (1) por el partido de oposición de la primera minoría y UNO (1) por el partido de oposición de la segunda minoría. c) TRES (3) Auditores Generales designados por el Honorable Senado de la Nación, UNO (1) propuesto por el partido político con mayor número de senadores, UNO (1) por el “2020 – Año del General Manuel Belgrano” partido de oposición de la primera minoría y UNO (1) por el partido de oposición de la segunda minoría. A fin de garantizar la paridad de género, el número de Auditores del mismo sexo nunca podrá superar en más de uno a los del otro sexo.

 

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