Entrevista a Gabriela Sosti, fiscal en el juicio Contraofensiva Montonera

Nombrar las cosas por su nombre

¿Está la justicia a la altura de este desafío?

Fuente: https://www.resistencias-mundolesa.org – 10 Junio 2021

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Fiscal Gabriela Sosti

A Gabriela Sosti la conocimos de espaldas en distintas audiencias pero fue recién en el transcurso del juicio por la Represión a la Contraofensiva Montonera que pudimos dialogar con ella. Una de las particularidades de este juicio continuamente a sala llena –tanto que a veces nos turnabamos para participar–, era que en cada cuarto intermedio la sala completa se desplazaba entre encuentros y abrazos al patio donde los diálogos se multiplicaban entre todos los presentes de manera inaudita. Para ella, para nosotros, para la mayoría, este juicio fue una fiesta “donde además pasaron cosas increíbles. Desde la virtualidad, el reconocimiento del secuestrador por una sobreviviente; la presencia de los sobrevivientes y familiares; el tratamiento del tribunal hacia el público; la declaración de Pablo Verna de Historias desobedientes, y hasta lo más epifánico que me haya pasado alguna vez –recuerda Sosti–, un momento único, indescriptible, que no tiene lugar en palabras, cuando se hicieron presentes en la Sala dos desaparecidos a través de sus voces: la voz del Padre Adur y la de Jorge Benítez, algo que reventó todos los sentidos”. Ese diálogo excepcional habilitado por la apertura que definió el tribunal y sostenido por consenso fue quizá lo que permitió que la historia se escuchara latiendo en la articulación de los testimonios que cada testigo ofreció.

Hay un modo de narrar lo acontecido que comienza al permitir la escucha hasta hilar a un tiempo en que devendríamos otros que hoy no somos. ¿Quiénes seríamos juntos si no se hubiera callado tanto tiempo? La memoria se vacía cuando ciertos relatos no se profundizan. Allí encontramos en este diálogo con Gabriela un lugar común: cómo hablar lo que incomoda sin poner en riesgo lo construido, y ella que todo lo vuelve a la escritura de la justicia, del amasar continuó de un texto jurídico siempre vivo, siempre insuficiente, inacabado, lo dice así: se trata de textualizar argumentos superadores, que nos reten a ser mejores argumentadores, que nos reten a pensar otras posibilidades, por ejemplo, desmarcarse del “qué hacemos con lo que pasó, juntando los cadáveres en el campo de batalla, cuando en realidad tenemos que pensar por qué sucedió la batalla. Porque las razones de la batalla es lo que tenemos que combatir ahora”.

HC: Te escuchamos reiterar un concepto para nosotros novedoso: “textualidad jurídica”, que entendemos como aquello que alcanza a escribir la justicia hilvanando y deshilvanando lo anteriormente escrito. Esto nos invita a imaginar una genealogía de esa textualidad en los juicios de lesa humanidad.

GS: Creo que el texto-mundo jurídico es un texto de un poder enorme; que el juez, o lo que se dice en ese espacio de representación, performativiza la realidad. Está creando un sentido, y en esa construcción de sentido el texto jurídico tiene una potencia, un desafío, un deber y una responsabilidad ética fundamental.

Haciendo un recorrido 40 años para atrás podemos marcar hitos fundamentales en la construcción de ese texto jurídico que abrió aguas en la realidad social y política argentina en relación a los juicios de lesa humanidad. Esos fallos son producto de enormes desafíos teóricos de gente que sabe de derecho, pero que han tenido una mirada superadora de la tranquera que te impone el derecho y la cita. El derecho es una materia que está en permanente construcción y es arcillosa. Vos tenés que construirla porque no existe. La prescripción, por ejemplo, es una construcción. Lo mismo la imprescriptibilidad. Es desde dónde vos te parás a mirar el mundo; los instrumentos con los que lo vas encorsetando. El código penal es eso también.

HC: ¿Cómo construye la historia la justicia?, y ¿qué queda de lo propio de cada historia personal en sus fallos?

GS: Cuando yo digo cómo textualiza la justicia, ¿de qué habla la justicia cuando habla?, ¿qué dicen los jueces cuando dicen? Hay algunos que se limitan a citar tal artículo, pero otros, los menos, se animan a recibir aquello que fue dicho porque de eso se trata: el texto sobre el texto, el subtexto y la hiperconstrucción a partir de lo ya dicho. Entonces, ¿qué se hace con lo que se escucha? Hay varios estilos, por ejemplo reproducir lo que dijo el testigo o interpretarlo. Creo que el derecho se escribe desde lo personal y desde lo literario. Tiene que seguir las reglas de la buena escritura. Las sentencias por lo general son textos muy mal escritos y muy poco leídos, pero cuando un texto jurídico está bien escrito es un placer leerlo porque tiene la virtud de la argumentación. Resuelve un conflicto. Calma. Las sentencias deberían calmar, es decir la reparación no del castigo, de la condena, sino la reparación del texto mismo, de la interpretación de esa realidad que estuvo en crisis. No suele suceder eso con las sentencias.

En relación a la sentencia del TOF 4 de San Martín en el juicio Contraofensiva Montonera, sé que los casos están siendo escritos con una escucha empática del relato. Hay cosas que pasan que no afectan el resultado final del veredicto pero sí tienen que ver con empatías básicas, sobre todo en este tipo de juicios. Que un juez se conmueva, o una jueza llore frente a un testimonio, la aplaudo, no porque no sea imparcial sino porque el horror narrado en los testimonios es para ponerse a gritar como loca, como loco. Si no, somos psicóticos, aunque el derecho lo es bastante. Eso no quita que el juez o la jueza no sean imparciales e implacables a la hora de aplicar el derecho, pero en el momento de la escucha no puede no pasarle nada.

Creo que el texto de los acusadores (fiscalía y querellas) va a tener algún tipo de interpretación en la sentencia y va a ser muy reparador. De hecho este juicio en su transcurso fue muy reparador. Para mí, como funcionaria judicial, fue una fiesta excepcional.


Remo Vénica, militante de las Ligas Agrarias en los 70, dando testimonio en una de las audiencias

JC: Lo que resulta llamativo, a diferencia de otros juicios, es cómo se narraron las historias de vida y de militancia de las y los desaparecidos y de quienes sobrevivieron.

HC: Fue inusual la sensación de cercanía y diálogo con que se fue reconstruyendo el contexto de esos años.

GS: Cierto, cuajó una dinámica en la que se generó un texto-mundo compuesto por las gestualidades y los cuerpos. Lo que en definitiva es un juicio oral, construido no tanto por lo que se dice sino por miles de semióticas: la puesta en escena y la teatralidad de las miradas, la mirada de la víctima a su victimario, por ejemplo. Incluso se generó una representación de la lid con las defensas, porque hasta las peleas con la defensa fueron placenteras. A mí me gusta que haya una defensa guerrera porque así es como se dará un juicio justo. No que los defensores digan cualquier pelotudez ni que agredan. Aplaudo cuando hay una defensa guerrera. El sentido de la justicia se da precisamente en este tipo de juicios en los que el defensor puede argumentar, la fiscalía y las querellas pueden argumentar sin tener miedo a que a la salida nos secuestre una patota para torturarnos.

Este juicio tuvo un desarrollo muy pedestre y muy poco protocolar y eso le dio una riqueza impresionante. El tribunal nunca transgredió la barrera de la imparcialidad, nunca. Fue pasional. ¿Vos me preguntabas qué le falta a la instrucción? Le falta pasión. Lo que a mí me alimenta en cada juicio y me lleva a escribir el alegato sin copiarme del anterior, es la pasión. Sobre todo al conocer la función social que tiene este laburo, porque cada cosa que se dice, tiene una repercusión en clave jurídica de manera inevitable.

HC: ¿Qué introduce el juicio Contraofensiva Montonera? Me refiero a que en general hasta ahora se agrupan las causas en torno a un centro clandestino de detención (CCD). Concretamente, en este juicio lo que reúne no es un CCD sino el aparato del a priori a la estructura represiva.

GS: Eso es muy interesante. En este juicio me encontré con lo que vengo pidiendo desde hace mucho tiempo. El CCD es una excusa, siempre lo fue y los juicios siempre estuvieron armados condenando a las personas que fueron vistas o reconocidas dentro de un CCD, no entendiendo la lógica de la inteligencia. La primera vez que pude usar esto como argumento fue en el juicio Vesubio II con Casibio, quien estaba formalmente en el Destacamento 101 de inteligencia de La Plata y era jefe responsable del CCD Vesubio. Me acuerdo que llevé un mapa a la audiencia para demostrar que le tomaba 40 minutos llegar desde La Plata hasta el Vesubio, pero esa no era una excusa, lo que había que demostrar era la función del 101, que no era el Circuito Camps, –y ahí tenés otra construcción de sentido de estos juicios, que erige como responsable de la represión a un cana– pero no, no fue así. Era la Subzona 11 que estaba a cargo del Destacamento 101, es decir la inteligencia la hacía el 101. La policía federal y la bonaerense estaban subordinadas operacionalmente con sus aparatos de inteligencia correspondientes, pero el que marcaba la batuta era el Destacamento de Inteligencia 101, la estructura de inteligencia que llevaba a un grupo de detenidos a La Cacha, a otros a Puente 12, otros al Sheraton o al Vesubio y si hacía falta a la ESMA o al CCD que estuviera en función de la lógica de la represión que era: si había caído un compañero del PCML que venía de Córdoba y lo llevaban por ejemplo a La Cacha, allí iba el interrogador, que antes había estado interrogando a otro compañero del PCML detenido en El Banco. La lógica de la represión tenía que ver con la información, no con el centro clandestino. Es un desafío porque lo cierto es que la mirada de la estructura judicial está atrapada en el centro clandestino. En un momento del alegato dije: “el centro clandestino lo delimitaba el interrogador, podía ser el baño de la estación de Paso de los Libres o Playa Ondable o El galpón o Las casitas o Campo de Mayo o el auto”. Es fundamental entender la lógica de la inteligencia: obtener información para el exterminio, mediante la tortura –el iter criminis del plan sistemático–, sin importar dónde sucediera.

Es una diferencia esencial, que no se la tiene en cuenta. Quienes construimos el texto jurídico, los acusadores, tenemos la responsabilidad de nombrar las cosas por su nombre. Los jueces no lo hacen.

JC: En el alegato de Strassera el aparato de inteligencia no fue nombrado. ¿Quedó fuera del Nunca más?

GS: No. Lo que se hace en 1984 es el puntapié inicial donde aparece el relato del centro clandestino a la sociedad. Se corre el velo. Lo que estaba oculto sale a la luz. Se pasa por la tele. No solamente tiene un valor jurídico monumental sino que tiene un valor ético. Los dos momentos institucionales de mayor valor ético que tuvo el país, en términos de abordaje de reparar dolor fueron: la gestualidad institucional de Alfonsín, y el pedido de perdón desde el Estado de Néstor Kirchner. Esa frase nos atravesó la médula a muchas y muchos. Yo, que vengo del trotskismo le tengo toda la sospecha al Estado, porque tiene su gen Leviatán, pero cuando ese Estado que sabe que puede hacerse el loco, ponerse en pedo y salir a romper todo, luego pide perdón, la cosa cambia. El Estado es el único que tiene la posibilidad de reconstituirse de la impunidad. Un chorro puede ocultar las pruebas, pero un Estado que se juzga a sí mismo debe ser omnímodo. Sería una paradoja juzgarse a sí mismo y ocultar los hechos.

El Juicio a las Juntas no juzgó a la inteligencia, pero a partir de 2009 sí se la empieza a juzgar en algunas causas. La novedad del juicio Contraofensiva Montonera hoy, es que permite leer cómo estaba estructurada la inteligencia.

HC: ¿Podemos inferir que en el Juicio a las Juntas se devela el crimen cometido, y que ahora, Contraofensiva Montonera, permite volver pensar el aparato que lo planificó?

GS: Es parecido. En el juicio a las Juntas se juzgó a la estructura de la Junta, a la cúpula, al Estado Mayor General del Ejército, pero en la causa del Primer cuerpo nunca se juzgó a la Jefatura II. De hecho está aún pendiente. Lo más interesante de Contraofensiva Montonera fue trabajar con los reglamentos para el exterminio, de inteligencia táctica y de acción psicológica. Para mí es fundamental porque permite pensar cómo se gesta un Estado genocida, cómo se prepara. Tales reglamentos fueron confeccionados durante la dictadura de Onganía, lo cual nos permite sostener que no se trató de una guerra contra revolucionaria sino que estaba planificada desde antes.

HC: Se trata de la construcción del derecho más que la condena.

GS: Claro, porque la condena surge de la construcción de derecho. El texto judicial es una cámara de eco hacia la sociedad. No es lo mismo que diga privación ilegítima de la libertad a que diga genocidio. Es la misma pena, sí, pero jurídicamente tiene otro impacto.

Lo mismo ocurre con el concepto de desaparición forzada. Creo que ya no debe aplicarse porque también ocupó –y aún ocupa– el lugar de otros conceptos que no se pudieron nombrar. Pero hoy sí se los puede nombrar. Es decir, cuando no se pudo hablar de homicidio, se encontró la figura de desaparición forzada. Es un concepto que ha tenido y tiene una potencia simbólica muy fuerte, pero en los juicios, hoy hay que hablar de homicidio agravado, de genocidio.

El concepto de desaparición es el concepto del enemigo, es lo que define Videla. Entonces deconstruir eso es un enorme desafío. Entiendo la función que tiene el concepto de desaparición forzada, no me desmarco de eso, pero cuando tengo la posibilidad de decir que son homicidios agravados, porque los mataron, tengo que decirlo. El accionar del homicida no es el mismo que el accionar del desaparecedor, pero además cuento con el relato del desaparecedor que, años después dijo, “todos los desaparecidos pueden leerse como homicidios”.

JC: Pero el concepto de desaparición forzada apunta a que en tanto no aparezcan los cuerpos, el delito sigue perpetuándose…

GS: Eso es otra cosa porque lo que no hay en todo caso es información del destino de esos cuerpos, pero lo que yo no puedo dejar de decir es que ese cadáver existió y que hubo alguien que abrió las compuertas y lo tiró al mar. Es otra cosa. Es sutil, pero no puedo no decirlo sobre todo cuando en un juicio tengo presunción por homicidio. Por ejemplo, en Contraofensiva Montonera el relato de Stigliano diciendo: “les metíamos la inyección”, se circunscribe a la figura de homicidio agravado. Es una decisión de matar, no una decisión de “no sé qué pasó con el cadáver y resultó la muerte”. Son dos miradas. El concepto de desaparición forzada es un enorme gesto político y no hay que ningunear, pero cuando tengo lo concreto, que son los homicidios agravados, no puedo desperdiciar esa instancia. Jurídicamente tengo que animarme.

JC: …Urge desnombrar lo nombrado por el perpetrador.

GS: Creo que hay que animarse a nombrar lo sucedido como genocidio. En este momento hay elementos para construirlo; lo que no hay es voluntad para hacerlo. Yo estoy sola y no solamente estoy sola, sino que muchas veces las querellas, al momento del alegato, sostienen que debe plantearse “en el contexto de un genocidio”, pero ¿qué significa eso? Es la nada misma; solo una petición de principios en tanto terminología sociológica, pero sin ninguna repercusión jurídica. Es genocidio, o no es. No hay otra posibilidad. Y si lo es, es el genocidio de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, porque el genocidio no es un contexto, sino un delito del derecho penal internacional.

El juez Rodríguez Eggers, la fiscal Gabriela Sosti, abogados querellantes y defensores junto a una testigo.

JC: Volviendo al juicio Contraofensiva Montonera, ¿qué expectativa tenés sobre la sentencia que dará el TOF 4 de San Martín?

GS: Tengo una mirada muy auspiciosa de lo que se está haciendo y de la mirada que fue teniendo el juez Rodríguez Eggers, que es el que escribe el alegato. Porque se puso el saco al hombro y se apasionó. Abrió un juego democrático y dejó que sucediera, a costa del tiempo. De ese modo gestó un juicio sano y saludable porque se pudo decir todo y se pudo preguntar todo. Una de las cosas más reivindicables de este juicio fue la pelea a brazo partido, porque si hay algo que toca la médula de la Argentina no es el PRT sino el peronismo. Es lo que divide todas las aguas. A los abogados defensores los enfureció la reivindicación de la lucha de Montoneros. Y eso está buenísimo. Está buenísimo que les haya tocado la médula a tal punto que, en su alegato, Corigliano el defensor de Apa enumeró como un atentado de Montoneros una actividad en la que los militantes habían repartido comida en un barrio popular. ¡Pero después hablan de cerrar la grieta. ¡Qué van a cerrar la grieta si la lucha de clases que nos construye como institucionalidades en unitarios y federales, se ventila en estos juicios! Y que en este juicio haya estado latente me parece fantástico. Fue una de las cosas que más me estimuló desde la militancia. Que se enojen al escuchar significa les toca donde les duele y que les entró. Es volver a un discurso que no está sanado. Los defensores siguen diciendo: “los montoneros mataron”. Yo tendría que haberles respondido: “¿y qué?, y si mataron ¿qué? Al decir eso ¿estás justificando la existencia de los centros clandestinos?”. Entonces hablemos, discutamos a calzón quitado. Creo que lo que hizo este juicio fue involucrarnos a todos en un universo en el que quedaron atrapados incluso ellos, los abogados defensores.

HC: ¿Cuánto de la justicia misma no ayuda a deconstruir esta cuestión del crimen y el horror para permitirse dar un paso sobre lo que originó el genocidio?

GS: Bueno, ese es un tema que tampoco nosotros nos permitimos leer porque nos quedamos atrapados en el concepto de la víctima y del horror. La justicia se activa o se excita a partir del relato del horror y frente a eso se espanta y condena. Hasta ahí llega, porque frente al horror no tenés mucha cintura. Frente al relato sistemático de la tortura, la justicia queda perpleja y reacciona. Es muy difícil no condenar eso. Ahora bien, es tan fuerte ese acontecimiento, nos atraviesa de tal manera que veda otras miradas. Permite la comodidad de no habilitar otras miradas. Pero la otra lectura, la de por qué pasó lo que pasó, escapa a la Justicia. Me pregunto: ¿por qué el Estado pone a funcionar ese Golem para aniquilar? Hay un sentido, y por eso digo que es importante la figura de genocidio. Los genocidios no se producen porque sí. Siempre detrás del genocidio hay un objetivo, una ultra actividad que tiene que ver con lo económico. Incluso cuando se atraviesa la lucha de clases, siempre hay un objetivo económico. Eso no está leído. No quiere ser leído. Porque los jueces son cobardes. No quieren mostrar eso. No les interesa, algunos no creen, para otros estuvo mal pero también estuvieron mal las acciones de Montoneros. Los jueces del TOF 4 de San Martín escucharon el alegato de Corigliano, el recorrido que hizo sobre los atentados de Montoneros, y no es que lo validen, pero tampoco ninguno va a decir que esos atentados fueron a miembros de las fuerzas de seguridad, porque no fueron atentados terroristas dentro de un shopping. No era la ETA, por ejemplo, y la verdad es que ya no espero que lo digan. Yo lo único que espero de la justicia es que en algún momento se empiece a trabajar para modificar su materia prima, es decir el universo cultural de la justicia: lo que dice y lo que piensa, porque si cambiás la materia prima, naturalmente va a modificarse el texto.

Yo pregunto entonces: ¿qué texto estamos construyendo? ¿Qué texto podríamos construir?, pero también ¿qué texto construimos durante 12 años? Salvo empujones o tsunamis que aparecen, como sucede con la causa Contraofensiva, todos los espacios son potencialmente trincheras muy potentes que no están siendo aprovechados.

En su alegato, un minucioso trabajo de 904 páginas, delicada y filosamente escritas, que exigieron 7 jornadas de lectura, revisita, repensando y articulando uno a uno cada uno de los momentos-escena testimoniados por los casi doscientos testigos, acompañándolos de una profusa cantidad de documentos probatorios para, en el mismo movimiento con que pide la condena a cárcel común por la coautoría en el delito de genocidio para los seis de los nueve imputados (tres fallecieron durante el proceso) señalar la importancia de nombrar el crimen por su nombre: genocidio.

Extractos del Alegato de la fiscalía causa Contraofensiva Montonera

Reproducimos a continuación dos momentos, del inicio y el cierre del mismo.

Primera jornada

Una de las muchas virtudes de este juicio y su singular impronta es que estamos juzgando funcionarios de la estructura que diseñó, planificó instrumento analizó documento llevó adelante, es decir hizo posible el mayor de los genocidios que padeció nuestro país.

El Ejército fue el responsable primario, el que lideró el embate y la inteligencia del Ejército fue su nervio y cerebro. La pieza vital para poner y mantener en funcionamiento el demencial y atroz dispositivo de tortura y muerte. La metodología fue instrumentada con minuciosidad de burócrata bestial. Los propósitos y los modos fueron escritos frenéticamente en bastos reglamentos y la inteligencia hizo gala de su cumplimiento.

La sustancia que alimentaba sin parar a esa máquina abominable era la información. La habilidad para obtenerla y darle valor fue mérito de los hombres de la inteligencia. Su técnica predilecta fue la tortura (…) Sus escenarios propicios, las mazmorras clandestinas.

Se montó una monumental estructura desplegada en todo el país y también en el exterior cuyos fines específicos fueron la destrucción física y psicológica de manera industrial mediante un variado repertorio de las modalidades del tormento y en camino hacia el «destino final”: la muerte o desaparición. El eufemismo fue vicio en el régimen nazi y los genocidas nativos fueron émulos aplicados a la hora del aprendizaje de los holocaustos de la historia.

La dictadura instaló cientos de centros clandestinos donde perpetró la infausta masacre. Uno de los más emblemáticos fue sin duda Campo de Mayo.

Con el objeto de reorganizar la Nación, recortaron a miles de connacionales seleccionados como el enemigo, como una otredad negativa y se entregaron con ardor a su destrucción, para redefinir otra identidad construida sobre parámetros culturales, éticos, sociales, políticos y económicos diferentes. Designio plasmado desde las primeras enunciaciones del plan; desde el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, y que fueron renovando cada vez que podían.

El arma principal fue la inteligencia usada con destreza por el Ejército, que además tuvo membresía preponderante en la cofradía genocida regional: el Plan Cóndor. Por eso, estos juicios no pueden limitarse a juzgar secuestros masivos, torturas masivas, asesinatos en masa. Estos delitos atraviesan con un hierro candente la médula de nuestra institucionalidad y no podemos permanecer indiferentes a ese daño mayor. Cuando el Estado se convierte en un Leviatán que devora a sus hijos el dolor que produce persiste eternamente. Esos delitos son imprescriptibles porque el daño social que provocaron aún existe. Por eso cuando ese Estado se mira a sí mismo en el pasado y se juzga, produce un fenómeno de incalculable valor; por eso es fundamental dar cuenta de esa singularidad.

No quiero que la masividad del horror nos haga perder la dimensión de la historia y de las historias de cada mujer y cada hombre que padeció y pereció a manos de los Golems que fabricó aquel Estado, porque no fueron solo cuerpos para el sacrificio. Gracias a la capacidad reparadora de este juicio pudimos recuperar sus voces, sus poderosas identidades. Yo intentaré darles encarnadura en este alegato.

Escuchar a les Hijes, hermanes, esposas, compañeros de aquellos hombres y mujeres asesinadas, víctimas ellos también de ese destrozo, nos permite entender nuestra historia. Sin eso no tenemos nada; solo el registro del espanto. Y esto es fundamental porque no hay crimen mayor que el que comete el Estado contra su pueblo, y porque estos juicios deben tener una proyección pedagógica hacia nuestra institucionalidad y deben responder al inalienable derecho a saber que tienen las víctimas y sus familiares al derecho a la verdad que tenemos como sociedad y al deber de recordar que tiene el Estado.

Sobre las y los trabajadores del derecho y la justicia recae la responsabilidad de la construcción de sentido que cristaliza en la sociedad en una u otras direcciones, un sentido siempre en disputa que la textualidad judicial desanuda fijando alguna que otra certeza.

Un aspecto fundamental de esa disputa es el modo cómo vamos a llamar a estos crímenes porque la elección de esa designación contiene una mirada de la historia y eso nos desafía a ser agudos. Solemos conformarnos con cierto registro tipológico, una subsunción (NdE: operación lógica que consiste en determinar que un hecho jurídico reproduce la hipótesis contenida en una norma general) cómoda que nos permita algún abordaje de esta criminalidad superlativa, pero la masividad de las privaciones ilegales de la libertad, tormentos y homicidios desborda la verdadera ontología de la masacre. Yo la llamo y la seguiré llamando “genocidio”.

Séptima jornada.

Una da las consecuencias de la figura sesgada y clausurante en relación a la figura de “genocidio» es el reemplazo complaciente por la figura de “crímenes de lesa humanidad”. Suele leerse en las sentencias las condenas de privaciones ilegales de libertad, tormentos y homicidios como crímenes de lesa humanidad. Sin duda es la salida alternativa que permite las consecuencias de la imprescriptibilidad, la jurisdicción universal, la prohibición del indulto, entre otras. Ahora bien, el crimen de lesa humanidad deja afuera algo que el genocidio atrapa en su totalidad, y es la intención de destrucción, que en el delito de lesa humanidad esa intención es inespecífica, genérica, indefinida. Todo lo contrario a lo que hicieron los dictadores en cada una de sus órdenes, reglamentos y disposiciones varias. Definieron un enemigo y manifestaron específica y empecinadamente su propósito de aniquilamiento. Por eso es fundamental darnos cuenta de lo que verdaderamente significaron las normas secretas de exterminio, cuándo y para qué fueron escritas, porque su lectura demuestra: la planificación previa; la sistematicidad; la dimensión de su alcance; la proyección y el objetivo de destrucción que implicó la intervención a esos efectos de todos y cada uno de los miembros de las fuerzas a las cuales fueron dirigidas esas normas. Estas normas prueban que la selección de los blancos no fueron azarosas o indiscriminadas como sucede en los casos de crímenes de lesa humanidad.




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